domingo, 30 de septiembre de 2012

UN BATURRO AFORTUNADO





  Llegó a Madrid un baturro,
no sé cómo ni sé cuando,
en busca de algún empleo
con que vivir desahogado.
Llevaba ya mucho tiempo
sin conseguir encontrarlo,
cuando pasó una mañana
por delante de un palacio
en cuya puerta vió un hombre
muy serio y muy estirado,
con calzón corto, peluca,
chaleco abierto, zapatos
con hebillas relucientes
como el oro, guantes blancos
y otros muchos atavíos
que no hay para qué citarlos
y que al baturro del cuento
sorprendieron y admiraron.
-¡ Otra que Dios!..... ¡ Si es Juanico!
(dijo, y se acercó a mirarlo)
-¡ Juanico!....
- ¿ Qué hay?
- ¡ Qué solpresa!
¿ tú por aquí?.... ¿dende cuándo?
-Hace ya tiempo que vine.
-¡ Quién había de pensalo !...
Estás gordo y reluciente
como un alcalde de barrio.
¿ Comes bien ?
- ¡ Como un prencipe !
- ¿ Trebajas mucho?
- Trebajo rigular tal cual.
-¡Reconcho !
¿ Has tropezau con güen amo?
- Con un siñor que m'aprecia
como a un hijo y m'a elevao
muchismo. ¡ Como que tengo
en la guardilla my cuarto!
Un cuarto con muchos muebles
con estera y lavamanos.
-¿ Es decir que ahora te lavas?
- ¡ Pues claro está que me lavo !
Como que toas las mañanas
si el tiempo esta güeno, saco
al "Marqués" y al "General"
de paseo por el Prado.
-¿ El marqués y el general
van con tú?
- Son dos caballos
de primer orden, que tiene
mi señor.
- ¡ Lo estoy mirando
y no lo creo!.... ¡ Reconcho!...
Y ganarás, de contao,
un güen suelo.....
- Sí; me pagan
bastante bien.
- ¿Sobre cuánto
vienes a ganar?
- Pues mira
aun no sé bien lo que gano,
si cada año dos mil riales.....
¡ o un rial cada dos mil años !

ALBERTO CASAÑAL SHAKERY
Cuentos de calzón corto.

Voces,frases y modismos usados en el habla de ARAGÓN

HACER (LEÑA) : Cortarla; HACER VINO: Venderlo.
HACHA (ser un ): ser habilidoso, inteligente.
HACHAR: Arbolado en que ya se puede cortr leña con el hacha; Hayal, hayar, terreno poblado de hayas.
¡ HALA ! : Exclamación equivalente a vámonos, arriba.
HALDA: Regazo, enfaldo o seno que hace la falda sobre las rodillas; Falda o saya exterior que usa la mujer.
HALDAR: Pieza en la falda del vestido; refuerzo que se pone alrededor y en la parte inferior de las faldas y trajes telares.
HALDETA: Falda, parte en la camisa y faldas que rompe en la cintura y no baja mucho de ella.
HAMBRE ( más listo que el ): Ser agudo, avispado, diligente; DESPERTARSE EL HAMBRE: Abrirse el apetito; MATAR EL HAMBRE: Tomar nada más que un refrigerio para apaciguar la gana; VER EL HAMBRE: Ser de ingenio agudo, ser previsor.
HAMUGAS: aparato especial de madera para llevar sobre las caballerías de carga.
HARINERO,RA( de harina): Saco o capaza expresamentye para tener o transportar harina.
HARTAL: Terreno muy pantanoso en el que se cría mucha hierba, por lo que no se cultiva.
HARTALLA: Hartazgo, hartada, hartura. También hartazón.
HARTO,TA: Dícese de la tierra cuando tiene mucha humedad.
HATAJERO: Ganadero dueño de un hatajo pequeño de ganado.
HECHA: Tributo o censo que se paga por riego de tierras.
HELERA: Friolero; Superficie extensa de hierlo.
HEMBRA: Pieza estriada en hélice en que entra el husillo, filete o árbol de la prensa o también el tornillo; DESPUÉS QUE LA VÍ DIJE QUE ERA HEMBRA: Ver resuelto algo después que le han dado la solución; adivinar, suponer, entender una cosa después que lo han dicho.
HEDINOS: Jueces o zalmedinas de los judíos.
HEMBRILLA: Trigo candeal, de grano fino y pequeño.

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sábado, 29 de septiembre de 2012

REAL ZARAGOZA : La Historia de un león que siempre ruge (19)

LA COPA LA JUEGAN EL REAL ZARAGOZA Y OTRO

POR FIN UN TÍTULO

  Temporada 63-64. Se marcha César y le sustituye Ramallets. El legendario meta del Barcelona, sin embargo, se estrellaría con estrépito a las primeras de cambio y fue sustituido por Luis Bello. Curiosamente el cese de Ramallets fue como consecuencia de la primera eliminatoria de Copa que jugó el Real Zaragoza ese año y cuyo encuentro de vuelta, celebrado en La Romareda, finalizó con empate a dos goles. Fue ante el Mallorca, batido por los zaragocistas en el Luis Sitjar por un claro 0-2.
  Con Bello, el equipo se relajó y dejó de tener un aire militarista para pasar a ser un equipo alegre, técnico y con movimientos que, por momentos, eran pura fantasía.

  En octavos, la "máquina blanquilla" se puso en pleno funcionamiento y le hizo un 6-0 al Oviedo. En el Principado, los oviedistas apretaron de rabia y solo pudieron cosechar un empate a tres.

  En cuartos, el Hércules alicantino tampoco resultó un escollo excesivamente duro y fue batido en su propia cancha por 0-1, para volver a ser "repasado" en La Romareda por un contundente 3-0.

  Ya estaba plantado de nuevo el Real Zaragoza en semifinales y su rival era el más apetecido de todos: F.C. Barcelona. Había ganas de hincarle el diente al cuadro catalán, que había ganado la final del año pasado de forma tan atropellada como injusta.

  El saque de honor del primer choque, en Barcelonas, lo realizó el tenista Manolo Santana. Y respondió a todas las expectativas en cuanto a espectacularidad. El Barcelona venció, pero lo hizo por 3-2, lo que le ponía las orejas en guardia, ya que en La Romareda podía pasar de todo.

  Y pasó. Pasó que el Real Zaragoza salió con todas sus fuerzas en busca de la victoria y al cuarto de hora, por medio de Isasi, igualó la eliminatoria. El equipo "magnífico" estaba lanzado, pero el Barcelona no era cojo y puso un dique en torno al arco de Sadurní. Zaldúa, el oportunísimo navarro de los azulgranas, llevó el susto a la grada al hacer un gol, pero el tanto fue anulado por fuera de juego.

  Aquello espoleó al Real Zaragoza, que siguió cercando el arco catalán. Pero los minutos llegaban y la sombra de un tercer encuentro comenzó a planear. A esto que Eladio envía apuradamente a córner. El saque de esquina lo bota suavemente Canario. El balón llega como una pluma de seda a la cabeza de Isasi, que remata un obús y el cuero se estrella con violencia en las redes visitantes. Adiós Barça. Hola, Atlético de Madrid.

Continuará..........
 




GRUPO DE AMIGOS VALMAN ( MENÚ COMIDA 28.09.2012)



Menú comida celebrada el 28.09.2012 en la Sociedad Gastronómica "Los Sitios" en Zaragoza.

Primer plato:

Tomate rosa de Barbastro con bacalado marinado, endivias con palitos de cangrejo.(mahonesa,salsa rosa ,cebolleta,aceite de oliva y vinagre de Módena)

Segundo plato:

Paella de marisco.

Postre:

Crepes con chocolate negro y tulipa de helado de nata con hoja de menta.

Vinos:

Rioja crianza tinto (especial VALMAN) y blanco Gestranimer
Café y chipitos a elegir.

COCINEROS PRINCIPALES:

Primer plato y postre: Miguel Angel Trigo y Jesús Crespo.
Segundo plato (paella) : José Luis Fernández.

AYUDANTES DE COCINA ESPECIALIZADOS:

Antonio Gordillo "el Mayor" y Manuel Ló

(Todo supervisado por : RAFAEL CALVERA )

GRUPO DE AMIGOS VALMAN ( Preparación y asistentes comida 28.09.2012)



























Algunas fotos de la reunión/preparación de la comida celebrada el 28.09.2012 en la Sociedad Gastronómica "Los Sitios" en Zaragoza, por el grupo de amigos "VALMAN" ( compañeros y sin embargo amigos de PEDRO MANERO-TALLERES VALMAN S.A. - HIAB VALMAN S.A. Y HIAB CRANES S.L.)

jueves, 27 de septiembre de 2012

EL DERECHO ARAGONÉS (7)


EL DERECHO ARAGONÉS: Instituciones de Derecho Civil

LA AUTORIDAD FAMILIAR EN ARAGÓN

  En una de las vidrieras del Palacio de la Audiencia en la zaragozana calle del Coso, se puede leer la siguiente frase: " De consuetudine Regni non habemus patriam potestatem". Es decir, en Aragón, " por costumbre del Reino no conocemos las patria potestad", Este aforismo legal cuyo origen se remonta nada menos que al siglo XIV, ha sido considerado por muchos como una nota absolutamente original de nuestro Derecho.

  Cuando se dice que en Aragón ni existe ni ha existido patria potestad no se está afirmando que no exista la autoridad de los padres sobre los hijos; lo que se quiere decir es que en Aragón esta autoridad familiar es radicalmente distinta a la tradicional patria potestad que, procedente del derecho romano, caracterizó hasta fecha muy reciente al derecho castellano.

  La patria potestad se configuraba históricamente como un poder del padre sobre los hijos, tanto desde el punto de vista personal como económico y patrimonial, y frente a esta concepción se alzó el Derecho Aragonés para el cual la autoridad familiar se concebía como un instrumento necesario para poder cumplir el deber de educación y crianza de los hijos. El contraste no puede ser más claro; frente a la idea de poder, de sumisión de los hijos a las decisiones paternas, se contrapone la concepción aragonesa de la autoridad familiar como algo accesorio de lo realmente esencial, el deber de los padres de educar y criar a los hijos, lo que supone que la autoridad familiar habrá de ejercerse siempre en beneficio e interés de los menores.

  La ley aragonesa dispone que el ejercicio de la autoridad familiar corresponde a los padres, conjunta o separadamente, según los usos familiares o sociales y lo lícitamente pactado al respecto. El reconocimiento en la ley aragonesa del ejercicio conjunto de la autoridad familiar por el padre y la madre supuso en su día (1967) una novedad radical si tenemos en cuenta que en el resto de España la patria potestad la ostentaba en exclusiva elpadre.

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miércoles, 26 de septiembre de 2012

EL DERECHO ARAGONÉS (6)


EL DERECHO ARAGONÉS: Instituciones de Derecho Civil

LA EDAD EN ARAGÓN

  Desde qué edad puede un muchacho celebrar válidamente actos y contratos sin necesidad de ser representado por sus padres? ¿Desde que que alcance la mayoría de edad, esto es, desde los dieciocho años?.

  La respuesta sería correcta en el resto de España pero no en Aragón porque una de las especialidades de nuestro Derecho es que el menor de edad pero mayor de catorce años puede celebrar toda clase de actos y contratos con la asistencia de uno cualquiera de sus padres. Desde que cumple los catorce años, el menor aragonés puede celebrar actos y contratos por sí solo sin que sean los padres los que contraten en su nombre.

  La cuestión tiene una gran importancia práctica y se entenderá mejor con un ejemplo. Imagínense el caso de un muchacho de quince años que desea vender un apartamento que recibió en donación de sus abuelos. Con arreglo al Derecho del Código Civil, los padres del muchacho deberían iniciar un expediente judicial, asistidos de Abogado, en el que deberían justificar la utilidad o la necesidad de la venta para que el Juez la autorizase después de oir al Ministerio Fiscal. Sin embargo el Derecho aragonés permite que el muchacho de quince años pueda vender su apartamento sin otro requisito que la asistencia de cualquiera de sus padre al acto de la venta.

  El mayor de catorce años aragonés puede realizar cualquier acto o contrato con la simple asistencia de cualquiera de sus padres. ¿ En qué consiste esa asistencia? ¿ Quiere decir que el padre o madre han de prestar su consentimiento o dar su autorización? No, no es necesario el consentimiento pues asistir significa estar presente en el momento de celebración del contrato y aconsejar al hijo sobre el mismo. Asistencia no es ni consentimiento ni autorización, es presencia y consejo.

  Una última cuestión en torno al tratamiento de la edad de nuestro Derecho. La mayoría de edad se alcanzaba históricamente en Aragón a los catorce años en unos tiempos, pensemos en el siglo XIII, en los que en Castilla se obtenía a los veinticinco años. En la actualidad, la mayoría de edad se alcanza en toda España a los dieciocho años. Ahora bien, una especialidad de nuestro Derecho que no existe en otras comunidades es que los menores, desde que contraen matrimonio, tienen la consideración de mayores de edad a todos los efectos. Si una joven aragonesa se casa a los diecisiete años, se le considera, desde el momento del matrimonio, mayor de edad.

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martes, 25 de septiembre de 2012

EL DERECHO ARAGONÉS (5)





EL DERECHO ARAGONÉS: Instituciones de Derecho Civil

LA VECINDAD CIVIL ARAGONESA

(2)

  Si por haber residido fuera de Aragón o por cualquier otra circunstancia, se hubiera perdido la vecindad civil aragonesa, se puede recuperar automáticamente residiendo durante diez años en un municipio aragonés. Bastarán dos años de residencia si se acude al Registro Civil y se expresa su voluntad de recuperarla.

  ¿ Qué ocurre si un aragonés o una aragonesa contraen matrimonio con persona de distinta vecindad, pierden su vecindad civil? :

  Hasta hace pocos años el matrimonio influía en la vecindad civil ya que si marido y mujer tenían distinta vecindad al contraer matrimonio, la mujer perdía su vecindad y adquiría la del marido. En la actualidad el matrimonio no altera la vecindad civil y por ello, la mujer, al casarse no pierde su vecindad civil para adquirir la del marido. Ahora bien, en todo momento, cualquiera de los cónyuges puede optar por la vecindad civil del otro. Si una aragonesa se casa con un catalán no pierde su vecindad aragonesa unque tanto el marido como la mujer podrán optar por la vecindad de su cónyuge.

  En la práctica son cada vez más frecuentes los matrimonios mixtos, es decir, matrimonios en los que cada uno de los cónyuges tiene distinta vecindad civil. Un problema que se plantea en estos matrimonios mixtos es el de la vecindad civil de los hijos pues la regla tradicional de que los hijos siguen la vecindad civil de los padres ya no puede aplicarse al tener los padres distinta vecindad. Para dar solución al problema, el legislador ha establecido una serie de reglas.

  La primera regla es que los padres, en los seis meses siguientes al nacimiento, podrán atribuir al hijo, de común acuerdo, la vecindad de cualquiera de ellos. Si no se ponen de acuerdo o, simplementer, dejan transcurrir el plazo legal sin pronunciarse, el hijo tendrá la vecindad civil que corresponda al lugar de nacimiento, lo que puede conducir a situaciones absurdas si el nacimiento, por las razones que fueren, se produce en lugar distinto al de la residencia habitual de la familia.

  No obstante, el propio hijo, desde que cumpla catorce años y hasta los diecinueve, podrá optar por la vecindad civil de cualquiera de sus padres o por la del lugar de su nacimiento.

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lunes, 24 de septiembre de 2012

EL DERECHO ARAGONÉS (4)


EL DERECHO ARAGONÉS: Instituciones de Derecho Civil

LA VECINDAD CIVIL ARAGONESA

(1)

  El Derecho foral aragonés se aplica a quienes tienen vecindad civil aragonesa lo que supone que, aunque una persona haya nacido en Aragón, sea hijo, nieto y biznieto de aragoneses y se sienta aragonés de pura cepa, si no tiene la vecindad civil aragonesa, estará sujero al Derecho civil castellano, navarro o catalán, pero no al aragonés.

  Conviene comenzar distinguiendo tres conceptos; condición política de aragonés, vecindad administrativa aragonesa y vecindad civil aragonesa. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º del Estatuto de Autonomía, un ciudadano español tiene la condición política de aragonés, cuando tiene vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón. La vecindad administrativa implica residencia habitual y se prueba mediante el correspondiente padrón municipal. En definitiva, un ciudadano español, con residencia habitual en un municipio de nuestra Comunidad Autónoma, tiene la condición política de aragonés y goza, en consecuencia, de los derechos políticos reconocidos en el Estatuto. Sin embargo, este ciudadano, aun teniendo la condición política de aragonés puede ocurrir que no tenga la vecindad civil aragonesa. Desde otra perspectiva, se puede tener vecindad civil aragonesa y no tener la condición política de aragonés al no residir en un minicipio de Aragón.

  ¿Quienes tienen, entonces, vecindad civil aragonesa? En primer lugar, tienen vecindad civil aragonesa los nacidos de padres que tengan tal vecindad. Tambien tienen vecindad aragonesa los que hayan residido durante diez años en un municipio aragonés salvo que expresamente hubieran declarado ante el Registro Civil su voluntad de conservar su anterior vecindad. También se puede adquirir la vecindad civil aragonesa residiendo dos años en un municipio aragonés si se manifiesta ante el Registro Civil la voluntad de adquiriresta vecindad.

  Si un ciudadano con vecindad civil aragonesa se traslada a otra Comunidad Autónoma la seguirá conservando y continuará sujeto al Derecho foral aragonés. Ahora bien, pasado diez años adquirirá la correspondiente a ese territorio en el que reside salvo que, antes de cumplirse el plazo de diez años, acuda al Registro Civil y manifieste su voluntad de conservar la vecindad civil aragonesa.

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sábado, 22 de septiembre de 2012

VIOLETAS para VIOLETA

La página de sucesos
del Mercurio y La Estafeta,
entre dietas para obesos,
chismes y falsos profetas,
confirmaba que sin besos
se marchitan las violetas.

Maldigo del alto cielo
que nos expropió su canto,
sus décimas, su pañuelo,
su quinchamalí, su llanto,
viola de chicha y pomelo,
cacerolas del espanto.

Habráse visto insolencia,
cinismo y alevosía,
contaminan la decencia,
secuestran las fantasía,
cuando clama la inocencia
llaman a la policía.

Lo dijo Violeta Parra,
hermana de Nicanor,
por suerte tengo guitarra
y sin presumir la voz,
si me invitan a una farra
cuenten con mi corazón.

Volaron desde Chicago
unos gringos con corbata
y en una suite de Santiago,
sin pisar Chuquicamata,
decidieron que en mi pago
sobraban las serenatas.

Más sola que una maleta
olvidada en la Gran Vía,
desde que se fue Violeta
enlutando la poesía,
se ensañan con los poetas
las faltas de ortografía.

La cuequita de mi Chile,
los listos de Guasingtón,
la mancillan con fusiles
que acribillan la razón,
malaya sea los desfiles
y el cristo que los fundó.

Los pobres no somos ricos
ni el cobre es más que la greda,
la libertad cierra el pico
desde que hay toque de queda,
pregúntale a los milicos
qué hicieron en La Moneda.

JOAQUÍN SABINA
Punto y Seguido




Voces,frases y modismos usados en el habla de ARAGÓN

GURGÚ: Abubilla.
GURRIANA: Pulgón que ataca a las habas.
GURRIOLAS: Corregüela, gorrotilla.
GURRIÓN ZURDO: Persona astuta, pícara.
GURRONERA o GORRONERA: Hueco o argolla wn que encaja o entra el gorrión o eje de la puerta, girando de este modo sin bisagras ni escarpias; Chumacera.
GUSANARSE: Dañarse la fruta por ser atacada de los gusanos. Perderse, horadarse las frutas o árboles a causa de los gusanos.
GUSANERA: Herida o pupa en la cabeza.
GUSANO (matar el): Tomar un refrigerio para quitarse la gana.

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HABANA (tener mucha tierra en la ): Indicando que uno es presuntuoso, alardeando de rico.
HABANERO,RA: Aplícase al que presume de rico también al que vuelve de América rico;  al indiano, como lo significa la Academia.
HABARROZ: Guiso compuesto e habas y arroz.
HABAS ( estar más serio que un plato de): Estar serio, como de mal humor; disgustado; Ni por un cahiz de habas, Indicando que nada decidirá su voluntad.
HABERA: Planta que produce las habas.
HABERAS: Desperdicios de las habas después de trilladas.
HABILIDOSO,SA: Que tiene habilidad o maña para operaciones mecánicas.
HABILITADORES: Compromisarios que examinaban los poderes de los diputados.
HABLADA: Locución impropia, incorrecta, bárbara.
HABLADERAS: Locuacidad; Disposición para hablar.
HABOLÍN: Haba caballar; tumor que se hace a las caballerías en elpaladar, detrás de los incisivos.
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REAL ZARAGOZA: La Historia de un león que siempre ruge (18)

LA COPA LA JUEGAN EL REAL ZARAGOZA Y OTRO

AQUEL 4-0 AL REAL MADRID....

  A este deslumbrante once, la hueste de César le hizo un auténtico expolio. Antonio Valencia escribió en MARCA: "el Madrid se encontró con el Zaragoza como se encuentra uno ante un tigre joven".

  Y claro, zarpazo va, zarpazo viene: cuatro a cero. Una auténtica exhibición, que dejó a los "merengues" a la altura del betún. Los "tigres" maños fueron: Yarza; Cortizo,Santamaría, Reija; Isasi,Duca; Marcelino, Villa, Murillo, Sigi y Lapetra.

  El Real Madrid estaba herido en lo más hondo, tenía gatos en la barriga y sed de venganza deportiva. Era tal la seguridad en sus fuerzas, que el propio Miguel Muñoz, entrenador madrilista, comentó en las vísperas: " no es tan difícil conseguir cuatro goles". Y a fe que casi lo consiguen.

  Tres a cero para los blancos, conseguidos antes del minuto cuarenta del primer tiempo. El corazón estaba en un puño, más de un aficionado estaba agarrado a la medalla de la Pilarica. La tragedia se masticaba..... Di Stéfano estaba haciendo de las suyas. O sea levantando al equipo. El brasileño Duca, hábil y listo, le hizo una entrada fuerte a Di Stéfano. Éste, desde el suelo, le propinó una patada, que fue repelida de inmediato por Duca. Gómez Contreras,el árbitro, envió a las duchas a los "pateadores". El Real Madrid, sin su alma mater, se difuminó y su juego, a partir de entonces, era un manojo de nervios y alambres. El Real Zaragoza se proclamó finalista, toda una proeza.

  Enfrente de la acera maña, el otro gran mastodonte de nuestro fúlbol, el Barcelona. El encuentro se celebró en el Camp Nou, con lo que resultó un hándicap difícil de superar. El equipo de César jugó encogido y descentrado. Era evidente que los nervios eran un rival más. Los tres goles de los azulgranas fueron consecuencia de los fallos zaragocista. El tanto del honor fue logrado por Villa. Los "blanquillos" que jugaron la final fueron: Yarza; Cortizo,Santamaría, Zubiaurre; Isasi,Pepín; Marcelino, Villa, Murillo, Sigi y Lapetra. El árbitro fue Lopez Zaballa, que barrió para casa de forma descarada y descabellada.

Continuará......






viernes, 21 de septiembre de 2012

EL DERECHO ARAGONÉS (3)


EL DERECHO ARAGONÉS: Instituciones de Derecho Civil

ARAGÓN Y EL DERECHO

(3)

  La Constitución Española de 1978 dio nueva vida a los Derechos Civiles o Forales, al reconocer a las Comunidades Autónomas en las que existen ordenamientos jurídicos civiles forales o especiales, el derecho a conservarlos, modificarlos y desarrollarlos. Así, el Estatuto de Autonomía de Aragón recoge en su artículo 35.1.4, como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma, la " conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil aragonés".

  Los poderes públicos aragoneses han sido conscientes de la singular importancia del Derecho civil aragonés y de la necesidad de prestarle una especial atención. En esta línea el Estatuto de Autonomía atribuirá al Justicia de Aragón la "tutela del Ordenamiento jurídico aragonés, velando por su defensa y aplicación" señalando en la Ley reguladora de esta Institución que el Ordenamiento jurídico aragonés viene integrado en primer lugar, por el "Derecho civil o foral de Aragón".

  Recuperada la capacidad legislativa, perdida en 1707, las Cortes de Aragón, por Ley aprobada el 21 de Mayo de 1985, integraron la Compilación de 1967 dentro del ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma adaptándola a los principios constitucionales. Tras las modificaciones de 1988 y 1995, la política legislativa de la Comunidad Autónoma en materia de Derecho civil aragonés se ha orientado hacia una renovación global de nuestro Derecho con el objetivo declarado de alcanzar un Cuerpo Legal del Derecho Civil de Aragón  en el que, partiendo de las Instituciones reguladas en la Compilación, se aclare, desarrolle y profundice la normativa vigente consiguiendo una regulación completa de cada institución.

  Siguiendo las propuestas de la Comisión Aragonesa de Derecho Civil, se ha considerado conveniente abordar la elaboración y aprobación de las leyes parciales que deroguen una parte de la Compilación y que, concluído el proceso, habrán de integrar el nuevo Cuerpo Legal. En este proyecto de renovación de nuestro Derecho se enmarca la Ley 1/1999, de Sucesiones por causa de muerte y la futura Ley de Régimen Económico Matrimonial y Viudedad.

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jueves, 20 de septiembre de 2012

EL DERECHO ARAGONÉS (2)





EL DERECHO ARAGONÉS: Instituciones de Derecho Civil

ARAGÓN Y EL DERECHO

(2)

  La reunión, al iniciarse la Edad Moderna, de todos los reinos hispanos en un gran Estado nacional, bajo el reinado de Carlos I de España y V de Alemania no es obstáculo para que cada uno conserve su personalidad, y con ella sus propios órganos legislativos y su Derecho propio.

  La situación de respeto de los derechos e instituciones peculiares de cada reino se mantiene durante los dos siglos que median hasta el fin de la casa de Austria. No faltarán diversas incidencias y conflictos, algunos de los cuales afectarán de modo muy grave a Aragón y, en concreto, a un titulat del Justiciazgo, Don Juan de Lanuza.

  Sin embargo, como consecuencia de la guerra de Sucesión y la restauración de la dinastía borbónica en España, se produce un cambio radical en la situación descrita. Felipe V -Felipe IV para los aragoneses- hace desaparecer las fronteras entre los diversos territorios, funde los organismos políticos superiores de todos ellos, equipara en derechos y deberes públicos a sus naturales e impone a Aragón, Cataluña, Valencia y Mallorca la organización administrativa y judicial y el Derecho público de Castilla.

  "....he juzgado por conveniente....abolir y derogar enteramente, como desde luego doy por abolidos y derogados, todos los referidos fueros, privilegios , práctica y costumbre hasta aquí observadas en los referidos Reynos de Aragón y Valencia; siendo mi voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla, y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y ha tenido en ella y en sus Tribunales sin diferencia alguna de nada...." ( Decreto de 29 de junio de 1707 )

   Tras los Decretos de Nueva Planta sólo quedan subsistentes las normas de derecho privado pero se impide su evolución al desaparecer las instituciones políticas aragonesas, encargadas de aplicarlo y desarrollarlo. En consecuencia, el Derecho Civil Aragonés quedó convertido en un ordenamiento petrificado.

  En los últimos cien años, dos hitos significativos deben de ser puestos de relieve: El Apéndice Foral aragonés de 1925 y la Compilación de 1967. Ambos textos revisaban y actualizaban nuestro Derecho, pero su alcance era limitado, pues la idea dominante entonces en España -y también en Aragón- era la supresión de los particularismos a través de un proceso de redacción de un nuevo Código Civil general que reuniera lo mejor de cada uno de los Derechos civiles existentes en España.

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miércoles, 19 de septiembre de 2012

EL DERECHO ARAGONÉS (1)

EL DERECHO ARAGONÉS: Instituciones de Derecho Civil.

ARAGÓN Y EL DERECHO.

(1)


Un conocido aforismo dice que "En Aragón antes hubo leyes que reyes". Esta afirmación quizás responda más a la leyenda que a la realidad pero lo cierto es que desde el nacimiento mismo del reino de Aragón, el Derecho ser convirtió en una de nuestras señas de identidad como pueblo.

La formación de nuestro Reino tiene su origen en los albores de la Reconquista, en el territorio de los ríos Aragón, en los valles pirenaicos de Hecho y Canfranc y será Jaca la población que reciba el primer Fuero en el año 1063 de manos del Rey Sancho Ramírez. Este Fuero de Jaca, que es la semilla de nuestro Derecho Foral, no sólo se extendió por Aragón sino que se aplicó en Pamplona, en Logroño, en San Sebastián y en Fuenterrabía donde encontramos normas que adaptan el Fuero de Jaca a las necesidades de los pescadores. E incluso se aplicó en el Rosellón, en Montpellier y en Nimes.

El Derecho Aragonés y los juristas aragoneses alcanzaron tal nivel que a Jaca venían jueces de otras comunidades a resolver sus litigios y a Jaca llegaban gentes de Castilla y de Navarra para aprender nuestro Derecho y ponerlo en práctica cuando regresaban a sus pueblos. Ese derecho que nace con el Fuero de Jaca se recopila en la Compilación de Huesca por el Obispo Vidal de Canellas que presenta ordenado por primera vez el cuerpo de los FUEROS DE ARAGÓN.

Desde el siglo XIII, se elaboran diferentes recopilaciones que contienen las prácticas y usos habituales observados en la vida ordinaria con relación a los Fueros. Reciben la denominación de OBSERVANCIAS  y en ellas se incluyen de modo destacado muchas decisiones de los JUSTICIAS MAYORES DE ARAGÓN adoptadas en interpretación de los Fueros, así como usos, costumbres y opiniones de juristas destacados. Aunque nunca tuvieron valor oficial, su importancia práctica hizo que se publicasen junto con los Fueros desde 1437, bajo la denominación  de FUEROS Y OBSERVANCIAS DEL REINO DE ARAGÓN.

Este cuerpo de FUEROS Y OBSERVANCIAS así configurado abarca todas las ramas del Derecho, tanto Público ( Derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Político...)como Privado ( Derecho Civil ), constituyendo junto con la costumbre, el núcleo del sistema jurídico aragonés medieval.

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sábado, 15 de septiembre de 2012

ROMANCE DEL INTELECTUAL DE PARTIDO

ESPAÑA, no, no muy culta,
y muy poco intelectual,
¿ qué intelectual de la izquierda
te intelectualizará?
¿Qué intelectual de derechas
te quiere catequizaar?
Los dos son muy peligrosos
en su intelectualizar,
pues ambos poseen - dicen.....-
absoluta la verdad,
y ambos usan y ambos niegan
la palabra "libertad".
No ejercen el rigor crítico
ni se permiten dudar
de la consigna aceptada
con toda severidad;
glosan siempre lo mandado
por el partido, no más,
y si conviene negarse,
lo harán con tranquilidad.
Se dicen intelectuales,
y la verdad nunca dan.
Muchacho de buenas luces,
no renuncies a pensar:
sé de derechas o izquierdas
según libre voluntad,
pero la diestra o sinietra
no seas "intelectual".
Con cabeza y corazón,
procura veracidad,
ejerce tu inteligencia,
no te dejes engañar
por aquel que sólo dice
de la verdad, la mitad.
Necesitamos sapiencias
y cultura general,
pero no nos hacen falta
culturas sin terminar
de quienes piensan a medias
y acaban por no pensar.
No te ofusques, pues, muchacho,
y mira por donde vas:
cultiva la inteligencia,
no "la intelectualidad"

ENRIQUE BADOSA
En Román Paladino
1970




Voces, frases y modismos usados en el habla de ARAGÓN

GUILINDÓN: Toque de campana por la muerte de un párvulo.
GUILINDUJES: Adornos superfluos en la mujer.
GUINCHADA o GUINCHAZO: Herida, rasguño hecho con un guincho, gancho o pincho. También guinchón.
GUINCHO: Pincho, gancho.
GUINDERA: Guindo, árbol.
GUINDILLERA: Planta que produce la guindilla.
GUINEA (armar): Pendencia, tumulto, alboroto, riña.
GUINGORRIA: Con descuido.
GUIÑARLA: Morirse.
GUIÑOTE: Juego de naipes; Bresca; el as o el tres de cada palo con el naipe.
GUIÑOTEAR: Jugar al guiñote.
GUIÑOTERO: Que le gusta jugar al guiñote.
GUIÑOTISTA: Que juega bien al guiñote y es su juego favorito.
GUIPAR: Agtisbar; divisar, brujulear, descubrir, ver.
GUIRLACHE: Turrón compuesto de azúcar y almendra sin moler.
GUISO: El condimento de la comida, especialmente de grasa.
GUISOPO: Hisopo.
GUITA: Moneda, dinero. Dicen: HAY QUE SOLTAR LA GUITA, cuando hay que pagar algo, pero señalando a uno que le duele hacerlo; HACER LA GUITA:Halagar a uno.
GUITARRICO ( ser o estar hecho un) : Significando que uno está siempre con achaques, indispuesto; por semejanza con el guitarro, juguete de los njiños que nunca suena bien.
GUITARRO: Significando a uno que es de poca estatura.
GUITO,TA: Bestia de mala índole, coceadora.
GUITÓN,NA: Picaruelo; retozón, juguetón.
GULLIRÓN: Fruto del arto o cambronera, que es dulce y en racimos de granos encarnados.
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REAL ZARAGOZA: La Historia de un león que siempre ruge (17)

LA COPA LA JUEGAN EL REAL ZARAGOZA Y OTRO

DESEMPATE AGÓNICO

El resultado no fue suficiente, por lo que "leones" y maños tuvieron que volver a verse las caras dos días más tarde, en Valencia. El Ral Zaragoza, quizá picado en su amor propio, salió al campo de Mestalla comiéndose la hierba. Lapetra volvió a ser la gran figura del equipo y, pese al empuje de los vascos - que se adelantaron por dos veces en el marcador-, los zaragocistas consiguieron la victoria, Miguel, Isasi y Marcelino, cuando el tiempo se echaba ya encima, fueron los goleadores.

El siguiente en la mesa tampoco era bocado de exquisitez: el Atlético de Madrid. La escuadra de César planteó un partido conservador, consciente de que el equipo "colchonero" ejercía una gran presión en su cancha del Metropolitano. Adelardo,a los tres minutos de la segunda mitad, consiguió el único tanto del partido.

La vuelta fue un calvario para los rojiblancos, que fueron batidos inexorablemente por el cuadro de La Romareda. Murillo, habitual suplente de Marcelino, hizo los dos tantos que llevaron al equipo a la semifinal.

Y el penúltimo escollo copero del Real Zaragoza hizo que más de uno reprimiera el hipo: nada menos que el Real Madrid. El partido se jugó el 9 de junio de 1963. La Romareda presentaba un lleno sobrecojedor.Y el Madrid presentaba el siguiente equipo: Vicente; Isidro, Santamaría, Casado; Zoco, Pachín, Amancio,Felo, Di Stéfano, Puskas y Gento.

Continuará.........................




jueves, 13 de septiembre de 2012

CÁDIZ




















LA CIUDAD DE CÁDIZ

Cádiz es una ciudad antiquísima cuyo solar no alcanza los 20km2. Por lo tanto, todo lo antiguo se halla estibado en el subsuelo, apareciendo cada tiempo, como los impresionantes sarcófagos antropoides fenicios.Lo visible es una ciudad del siglo XVIII muy bien conservada y cuidadosamente restaurada, una ciudad cuyas calles, todas las calles, dan al mar, un recinto murado, aéreo y marítimo, como un capricho, una suerte de urbanización del mar.

 También es una ciudad que se resiste y lucha por estar presente, con su puerto y sus astilleros, con sus playas, su luz ( sobre todo su luz )y su calidad de vida.

Siempre abierta, siempre hospitalaria, Cádiz es una de las ciudades emblemáticas de Andalucía. Con razón hizo exclamar al poeta Villalón, con exagerado amor, que el mundo se dividía en dos partes: SEVILLA y CÁDIZ.

Indicar en pocas palabras que debemos de ver en Cádiz es una tarea imposible, por lo tanto voy a "marcar"el itinerario básico:

Puertas de la Tierra.
Monasterio de Santa María.
Convento de Santo Domingo.
Plaza de San Juan de Dios.
Ayuntamiento.
Catedral.
Iglesia de Santa Cruz.
Teatro Romano.
Barrio de la Viña.
Parroquia de la Palma.
Castillo de San Sebastián.
Castillo de Santa Catalina.
Gran Teatro Falla.
Oratorio de San Felipe Neri.
Museo de las Cortes de Cádiz.
Iglesia y Plaza de San Antonio.
Oratorio de la Santa Cueva.
Iglesia y Claustro de San Francisco.
Museo de Cádiz.
Iglesia del Carmen.
Alameda de Apodaca.
Plaza de España.
Palacio de la Diputación Provincial.

y por supuesto:

La Playa de la Caleta

Fotos tomadas en mis vacaciones por Cádiz y Pueblos Blancos en Agosto de 2.012

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